7.6.09

Jerarquía de las disposiciones fiscales.

Fuentes del derecho.



Es el origen, principio y cede de procedimientos de donde emana el derecho.

Fundamentos del derecho fiscal Mexicano.

Clasificación de las fuentes del derecho fiscal.
-Constitución.
-Ley (proceso legislativo).
-Decreto – Ley.
-Circulares.
-Doctrina.
-Jurisprudencia.
-Costumbre.
-Tratados internacionales.
-Principios generales del derecho. 

Constitución.

De esta derivan todas las normas que integran al derecho fiscal, de ahí que ésta sea la primer fuente formal de la cual emana el derecho fiscal.


Ley. 

Una norma del derecho del poder público que crea situaciones generales abstractas e impersonales por tiempo definido.

Decreto- Ley.

Se está en presencia de un decreto cuando la constitución autoriza al poder Ejecutivo para expedir leyes, sin necesidad de una delegación del congreso de la Unión. Dicha autorización de otorga ante situaciones considerables como graves para la tranquilidad pública.


Decreto- Delegado.

Se presenta un caso de decreto- delegado cuando el Congreso de la Unión transfiere al poder Ejecutivo facultades para legislar. El congreso faculta al Ejecutivo para aumentar, disminuir o suprimir las cuotas de las tarifas de exportación o importación expedidas por el propio congreso y para crear otras, así como restringir o prohibir las importaciones, exportaciones y tramites de de productos, artículos y efectos cuando lo estime urgente, o fin de regular el comercio exterior, la economía del país y la estabilidad de la producción.


Reglamento. 

Es una disposición de carácter legal expedida por el poder ejecutivo en uso de una facultad propia que le otorga la constitución. El reglamento tiene como finalidades: facilitar, aclarar y precisar el alcance de una ley y su aplicación, crear los órganos y otorgarles las facultades propias para la exacta observación de las leyes; ocuparse de la ley, organización y funcionamiento de la administración en general.





Circulares.

Son derivaciones de los reglamentos de carácter administrativo. Las circulares sirven para dar a conocer el criterio que deben seguir las dependencias en cuanto a la aplicación de las leyes fiscales.


Jurisprudencia.

Se define como la interpretación jurídica de la ley que hacen los tribunales o como la resolución a las contradicciones de tesis y sentencias.


Doctrina.

Es el conjunto de estudio, opiniones y razonamientos que los estudiosos del derecho consignan en sus obras.


Costumbre. 

Se define como la repetición constante y permanente de un hecho en un mismo sentido, que se vuelve obligatoria para la comunidad, con el objeto de resolver situaciones jurídicas. Ocurren dos elementos: el primero consiste en el uso o practica constante, y el segundo da la idea de que ese uso o práctica es jurídicamente obligatoria.


Tratados internacionales.

Éstos se consideran como convenios o acuerdos entre Estados, sobre cuestiones diplomáticas, políticas,  culturales, culturales, deportivas y otras.


Principios generales del derecho.

Es el conjunto de verdades jurídicas, notorias, indiscutibles y de carácter general elaborados por la ciencia del derecho y que sirven para que el juzgador pueda dar solución a un caso concreto con la condición de que no haya disposición legal aplicable y que no estén en contradicción con las leyes cuyas omisiones tratan de cubrirse.





Importancia y aplicación de las fuentes del derecho fiscal.

La importancia de la ley de la constitución, como fuentes del derecho, queda manifiesta con lo expresado en el punto en donde se establece que algunos autores, consideran que la ley es la única fuente formal del derecho por dictaminarlo así la constitución.


La importancia del decreto.

Es la ley en materia fiscal, es mínima, porque puede presentarse en situaciones excepcionales.

Clasificación de las contribuciones.

Impuesto sobre traslación de dominio de bienes inmuebles (cuando se venden o compran bienes).

Impuesto al valor agregado. (Es indirecta, uso temporal de bienes, que es el arrendamiento).

Tipos de cuotas.

-Cuotas de derrame.
-Cuota fija.
-Cuota proporcional. (Personas que trabajan por sueldos y salarios, el que más gana más paga)
-Cuota progresiva.
-Cuota degresiva.
-Cuota regresiva.

Efectos de los impuestos.

Art 118. Defraudación fiscal de la nación.

Clasificación de los impuestos.

Impuestos directos. Es aquel que el legisladores propone alcanza inmediatamente al verdadero contribuyente.
Impuestos indirectos. El legislador no grava al verdadero contribuyente, sino que lo grava por repercusión.

Artículos de la CPEUM relacionada con el pago de impuestos.

1, 14, 16, 17, 21, 108, 22, 28, 31, 73 fracc VII y XVIII, 115, 131, 123.


Impuestos.

Prestación en dinero o especie que no tiene contraprestación directa por parte del Estado.
El destino de los impuestos es satisfacer las necesidades colectivas, es decir, se utilizan en obras para el bienestar social. Los impuestos directos son aquellos que no pueden trasladarse y los indirectos son aquellos que si pueden trasladarse.


Ejemplo:



 
Fundamentos.

Art. 31 fracc IV. 

Proporcional. Depende de los ingresos.
Equitativa. Igual para todos.

Impuesto sobre la renta, (ISR.)

Empezó a regir después de la edad media, como el de sucesiones y aduanas, cuando se estableció en Inglaterra como un impuesto extraordinario y provisional destinado a cubrir necesidades.

Impuesto empresarial de tasa única, (IETU).

Se publicó en el 2007, y entró en vigor en el 2008, nace con la finalidad de:

Eliminar regimenes preferenciales o especiales.
Ampliar la base de tributaria al eliminar el efecto de regimenes o especiales, homologando al universo de contribuyentes.

Se dividen en 4 grupos diferentes (Art. 2 CFF) 

a) Impuestos, a su vez se dividen en directos (base gravable); e indirectos (impuestos trasladables)
b) Derechos, por ejemplo el pago del servicio de agua potable.
c) Aportaciones de seguridad social, por ejemplo la aportación del IMSS
d) Contribuciones de mejoras, es el pago paraqué se incremente las plusvalía del lugar.

Conceptos generales de derecho fiscal.

Impuestos.

Es la obligación coactiva y son contraprestación de efectúa una transmisión de valores económicos a favor del estado y de las entidades autorizadas jurídicamente para recibirlos por un sujeto económico.

El estado exige con carácter general, obligatorio e impersonal a todas las personas físicas y morales, cuya situación, conocida con el hecho generador del tributo.
Elementos de las contribuciones.

Son la parte esencial, la materia o sustancia que le da vida a una obligación, 

-Sujeto. Acreedor del impuesto.

-Objeto. Gravar a esa identidad.

-Base. Traslado de la identidad.

-Tasa o tarifa. Es la cuota o porcentaje de contribución.


Quienes reciben ingresos:

La Federación, todo el país.
Las Entidades federativas, parte de la Federación.
Los municipios, todos los Estados.


Los impuestos son uno de los instrumentos de mayor importancia con el que cuenta el Estado para promover el desarrollo económico, sobre todo porque a través de éstos se puede influir en los niveles de asignación del ingreso entre la población, ya sea mediante un determinado nivel de tributación entre los distintos estratos o, a través del gasto social, el cual depende en gran medida del nivel de recaudación logrado.

Elementos del impuesto.

Los elementos más importantes del impuesto son: el sujeto, el objeto, la fuente, la base, la cuota y la tasa. A continuación se especifican cada uno de éstos.

a) Sujeto. Este puede ser de dos tipos: sujeto activo y sujeto pasivo. El sujeto activo es aquel que tiene el derecho de exigir el pago de tributos. De tal forma en México los sujetos activos son: la Federación, los estados y los municipios. El sujeto pasivo es toda persona física o moral que tiene la obligación de pagar impuestos en los términos establecidos por las leyes. Sin embargo, hay que hacer notar una diferencia entre el sujeto pasivo del impuesto y el sujeto pagador del impuesto, ya que muchas veces se generan confusiones, como sucede por ejemplo con los impuestos indirectos. El sujeto pasivo del impuesto es aquel que tiene la obligación legal de pagar el impuesto, mientras que el sujeto pagador del impuesto es quien realmente paga el impuesto.

b) Objeto. Es la actividad o cosa que la Ley señala como el motivo del gravamen, de tal manera que se considera como el hecho generador del impuesto. 

c) Base. Es el monto gravable sobre el cual se determina la cuantía del impuesto, por ejemplo: el monto de la renta percibida, número de litros producidos, el ingreso anual de un contribuyente, otros.

d) Tasa o tarifa. Es la cantidad en dinero que se percibe por unidad tributaria, de tal forma que se fija en cantidades absolutas. En caso de que la cantidad de dinero percibida sea como porcentaje por unidad entonces se está hablando de tasa.


Función de los impuestos.

En primer lugar, veamos cuáles son las principales funciones de los impuestos. Los impuestos tienen en el sistema económico gran importancia debido a que a través de éstos se pueden alcanzar diversos objetivos. Originalmente los impuestos servían exclusivamente para que el Estado se allegara de recursos, sin embargo, actualmente podemos ver que existen varios fines los cuales se mencionan a continuación:   

Redistribución del ingreso. Uno de los puntos fundamentales de un sistema impositivo es lograr redistribuir el ingreso en favor de un sector o grupo social; esto se alcanza cuando se logran reducir todos aquellos efectos negativos que generan los mercados en la economía. Una vía fundamentalmente poderosa para lograr la redistribución del ingreso es a través de la aplicación de impuestos al ingreso a tasas progresivas, como por ejemplo a través del impuesto sobre la renta.

Mejorar la eficiencia económica. Otro punto fundamental para el sistema impositivo es lograr la eficiencia económica; esto se logra si se pueden corregir ciertas fallas del mercado como lo son p. ej. las externalidades.


Proteccionistas. Los impuestos, por otra parte, pueden tener fines proteccionistas a fin de proteger a algún sector muy importante de la nación, como puede ser por ejemplo alguna industria nacional, el comercio exterior o interior, la agricultura, etc.

De fomento y desarrollo económico. Los impuestos por otra parte tienen un papel fundamental en el desarrollo económico del país o de alguna región  Ayala Espino. “El sector público de la economía mexicana”, p. 223. En particular. Esto se logra a través de los recursos que se obtienen, los cuales se pueden destinar por ejemplo a fomentar a algún sector económico en particular, por ejemplo a través de un impuesto sobre el consumo de gasolina mediante el cual se pretenda financiar la construcción de carreteras. Por otra parte podemos ver que los impuestos pueden tener fines fiscales y extrafiscales. Los fines fiscales hacen referencia a la obtención de recursos que el Sector Público necesita para cubrir las necesidades financieras, mientras que los fines extrafiscales se refieren a la producción de ciertos efectos que pueden ser económicos, sociales, culturales, políticos, etc.

Efectos de los impuestos.

En esta sección se revisan algunas de las consecuencias que pueden originar el pago de los impuestos sobre el campo económico. Entre los principales efectos se encuentran la repercusión, la difusión, la absorción y la evasión.

Repercusión

La repercusión se puede dividir en tres partes: percusión, traslación e incidencia. La percusión se refiere a la obligación legal del sujeto pasivo de pagar el impuesto. La traslación se refiere al hecho de pasar el impuesto a otras personas, y la incidencia se refiere a la persona que tiene que pagar realmente el impuesto, no importa que ésta no tenga la obligación legal de hacerlo. De esto se desprende que la repercusión es una lucha entre el sujeto que legalmente tiene que pagar el impuesto y terceros, el sujeto trata de trasladar el impuesto y la persona tercera tratará de restringir el consumo de dicho artículo para evitar de esta forma cargar con el impuesto.

Pero además hay que considerar otros aspectos. En primer lugar, la repercusión se puede dar o no, esto depende del tipo de impuesto que se aplique por ejemplo, un impuesto sobre las utilidades de las empresas, en este caso no es posible que se presente la repercusión, sin embargo, sucede lo contrario en el impuesto sobre el valor agregado.

Hay que considerar también si el impuesto es liviano o es pesado. En el primer caso es preferible que lo pague el sujeto sobre el que legalmente recae, ya que de esta forma se verán reducidas sus utilidades pero al menos no se verá afectada la demanda del bien ya que ésta puede disminuir por un aumento en el precio, provocando mayores pérdidas que las provocadas por el pago del impuesto. En el segundo caso, el sujeto preferirá repercutir el impuesto, ya que si se atreviera a pagarlo él mismo resultaría incosteable para el negocio debido a que el impuesto absorbería las posibles utilidades.

Por otra parte, se debe considerar también la influencia de la elasticidad de la demanda sobre la repercusión. En este caso se puede ver cómo, por ejemplo, los productos de primera necesidad y los productos de gran lujo tienen siempre más o menos la misma demanda, los primeros por que no se puede prescindir de ellos, los segundos por que los individuos que los quieren están en condiciones de pagar cualquier precio por ellos. En estas condiciones es muy sencillo repercutir el impuesto, dado que de cualquier forma la demanda no variará. 

La obligación constitucional de contribuir al gasto público.

En nuestra Carta Magna está escrito que todos los Mexicanos debemos de colaborar con los gastos públicos, ya que el gobierno debe de allegarse de recursos para el sustento del sistema.

CPEUM Artículo 31. Son obligaciones de los mexicanos:

I. Hacer que sus hijos o pupilos concurran a las escuelas públicas o privadas, para obtener la educación preescolar, primaria y secundaria, y reciban la militar, en los términos que establezca la ley.

II. Asistir en los días y horas designados por el Ayuntamiento del lugar en que residan, para recibir instrucción cívica y militar que los mantenga aptos en el ejercicio de los derechos de ciudadano, diestros en el manejo de las armas, y conocedores de la disciplina militar.

III. Alistarse y servir en la Guardia Nacional, conforme a la ley orgánica respectiva, para asegurar y defender la independencia, el territorio, el honor, los derechos e intereses de la Patria, así como la tranquilidad y el orden interior; y

IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.

En resumen podemos comprobar que la CPEUM en su artículo 31 Fracc. IV nos indica que es nuestro deber contribuir a este gasto, y menciona que lo debemos de hacer de una manera proporcional y equitativa. Que un tributo sea proporcional, significa que comprenda por igual, de la misma manera, a todos aquellos individuos que se encuentran colocados en la misma situación o circunstancia; que sea equitativa, significa que el impacto del tributo sea el mismo para todos los comprendidos en la misma situación.

Esta obligación deriva de la necesidad de dotar al Estado Mexicano, de los medios suficientes para que satisfagan las necesidades públicas o sociales a su cargo. Ella es la obligación general en materia contributiva, la obligación de cubrir un impuesto deriva de actos particulares ejecutados por los causantes y que coinciden con la situación o circunstancia que la ley señala como hecho generador del crédito fiscal.

Se considera que la obligación de pagar un impuesto, no deriva del hecho que el Estado al gravar los actos o actividades relacionados con los individuos, niegue sus derechos a elegir entre pagar o no, por cuanto que los particulares fueron representados en la discusión y aprobación del sistema impositivo que les afecta; ese deber deviene, mas bien, del hecho de que una vez que se ha coincidido en la situación señalada como la que da nacimientos al crédito fiscal, su pago es obligatorio y no potestativo.

Actividad financiera: Principios de las contribuciones.

 


 

Necesidad pública. Es la que hace a la vida colectiva y cuya satisfacción se logra a través de la actuación del Estado, por ejemplo, la necesidad de resguardar el grupo constituido contra las agresiones de otros grupos.

Servicio público. Es la actividad que realiza el Estado a través de su elemento más importante, como el gobierno, y que tiene como objetivo la satisfacción de las necesidades públicas.

Gasto público. Son las erogaciones que realiza el Estado autorizadas por el presupuesto de egresos, tendientes a la satisfacción de necesidades públicas.

Recursos públicos. Son los medios que obtiene el Estado provenientes de la explotación de sus bienes patrimoniales, por ejemplo cuando explota o vende sus propiedades.

Etapas de la actividad financiera del estado.

 

  1. Obtención de ingresos.
  2. La administración y fomento de recursos obtenidos y derivados de su actuación en cualquiera de sus dos personalidades, ya sea como ente del derecho público o como sujeto de derecho privado.
  3. Las erogaciones.

Aspectos de la economía.

 

Económico à Político à  Jurídico à  Sociológico.

Introducción.

Las finanzas públicas se encuentran estructuradas por el derecho y sujeto a la legalidad, en virtud del estudio de los ingresos y gastos públicos, son denominados también Hacienda Pública.

Encontraremos los artículos constitucionales que están relacionados en la parte fiscal para el cobro de las contribuciones por parte de Hacienda.

Se hablará de fuentes directas e indirectas del derecho fiscal, se hace aludiendo a los procedimientos que tienen como fin la creación de las normas jurídico-tributarias.

 Se mencionan los principios en materia tributaria y representan la guía suprema de todo el orden jurídico-fiscal.